martes, 10 de enero de 2017

ESTA NOCHE martes 10 enero 2017

ESTA NOCHE martes 10 enero 2017


ESTA NOCHE, donde usted se entera no de todo lo que ocurre, sino de lo que necesita saber.

La opinión en MEDIA COLUMNA representa exclusivamente a su autor. Usted puede reenviar y publicar libre y gratuitamente cualquier MEDIA COLUMNA tomándola de este correo o de
jorgemorelli.blogspot.com


MEDIA COLUMNA
El modo de corrupción


Jorge Morelli
@jorgemorelli1
jorgemorelli.blogspot.com


Modos de producción les llamó Carlos Marx en “Formas precapitalistas” (más conocido como “Formen”) a los arreglos generados sucesivamente por la historia en Occidente para el control de los medios de producción del mundo antiguo y el moderno. Incluso inventó una categoría sui generis, a la que llamó modo de producción asiático que uso para explicar también los casos de México y el Perú.

Exploremos ahora la posible existencia de modos de corrupción. A primera vista, puede haber dos, ambos caracterizados por la complicidad del sector privado con el público. Ambos para la colocación de proyectos que el país supuestamente beneficiario no necesita.

En el primer caso, el modo de corrupción original, el que ejecuta la obra es el sector público. En el segundo, más sofisticado, el sector privado financia y ejecuta la obra, algo mucho más eficiente. 

¿Cuándo comenzó la corruptela de venderles a los países emergentes proyectos que no necesitan? Los antecedentes remotos se encuentran en grandes elefantes blancos, obras faraónicas de la pos guerra tardía en países subdesarrollados, como se decía entonces. Como la represa de Asuán en Egipto en los 60, cuando todavía se creía que el desarrollo dependía de intervenciones para destrabar una máquina supuestamente trabada. Se hizo entonces con fondos de organismos públicos multilaterales, como el Banco Mundial. Es decir, varios Estados prestan, el Estado beneficiario ejecuta.

Probablemente el modo de corrupción no mereció ese nombre, sin embargo, sino hasta después de que, en 1972, el presidente Nixon acabara con el patrón oro y dejara flotar el dólar en la economía global. El dólar se devaluó a la mitad (de 35 a 70 dólares por onza de oro). Para resarcirse del golpe, los países productores de petróleo elevaron el precio del crudo a más del doble. Esogeneró, a su vez, la marea de los entonces llamados “petrodólares” que fueron a dar de vuelta, directamente, a los bancos occidentales. Estos tenían que colocarlos y se los prestaron en masa a los primeros que alzaron la mano. Así nació la mega deuda latinoamericana de los 70, y la crisis de la deuda cuando a principios de los 80 ya no hubo cómo pagar.

Hasta entonces, sin embargo, se trataba todavía de préstamos de bancos privados para obras ejecutadas todavía por el Estado beneficiario mediante una empresa o corporación pública. Desde luego, una cornucopia de corrupción.

Pero el primer modo de corrupción pronto mostró su ineficacia. Las empresas estatales brillan por su incompetencia para ejecutar rápidamente proyectos faraónicos. Fue así como surgió el nuevo modo de corrupción en todo su esplendor expeditivo. En adelante la propia empresa privada fue el ejecutor de las obras y, naturalmente, la que se encargó también de la ingeniería financiera mediante consultoras privadas que dieron la luz verde técnica a los proyectos cambio del uno por ciento del valor del mismo.

¿Para qué incluir a los Estados, salvo como deudores? Así es como el modo de corrupción devino en modo de producción, organizando los recursos.

Creció exponencialmente en pocos años colocando en todas partes obras innecesarias con enormes sobrecostos para despejar los obstáculos mediante sobornos. Una máquina eficiente. Solo en el Perú en los últimos quince años se contrató con las empresas brasileñas obras por casi veinte mil millones de dólares. Doce mil de ellos con Odebrecht. Ocho mil de ellos del humalismo. El modo de corrupción “privatizó” de manera subterránea el proceso entero de la mega estafa con que esquilmó por década y media a los contribuyentes de una docena de países por más de 700 mil millones de dólares. Este es el desague que hoy ha reventado e inunda nuestra casa.

Pero el modo de producción corrupto solo terminará realmente gracias a la libre competencia.  Hoy el desague colapsa porque la competencia global no toleró más este modo de corrupción de mercado cerrado. Espió sus prácticas y organizó su denuncia. En adelante veremos a empresas de países desarrollados compitiendo en las licitaciones públicas de países emergentes. No solo ya argollas locales vendiendo cual encomenderos posmodernos a consumidores cautivos obras que no necesitan.

La corrupción no desaparece, pero tiene modos y proceso evolutivo.   



REPORTE DE NOTICIAS en Internet
Las siguientes notas periodísticas de política y economía han sido seleccionadas, editadas y ordenadas
temáticamente. No se las debe citar como tomadas directamente de sus fuentes originales, las mismas que se indican sólo como una forma de reconocer el crédito y agradecer la cortesía.




ANTICORRUPCION, PERSECUCION, JUDICIALIZACION POLITICA



El Comercio
El jefe del Gabinete Ministerial, Fernando Zavala, sostuvo hoy que el gobierno no permitirá que Odebrecht se beneficie de la venta de sus activos en el Perú. Esto a raíz del interés del fondo de inversión canadiense Brookfield y la petrolera china CNPC de adquirir la participación que tiene la firma brasileña en el proyecto del Gasoducto del Sur.
Zavala indicó que el fondo de inversiones canadiense no tiene relación directa con la constructora.
Si bien Brookfield y la petrolera china CNPC están interesados en comprar la participación de Odebrecht en el Gasoducto Sur Peruano, ninguna está dispuesta a pagar si la empresa brasileña no asume el riesgo de la denominada cláusula anticorrupción del contrato de concesión.
Esta cláusula establece que el gasoducto retornará al Estado Peruano de comprobarse pagos indebidos en su licitación.
Ante ello, Odebrecht habría ofrecido una solución a los postores: que el monto a pagar por sus acciones no fuera entregado de inmediato, sino luego de un plazo a pactar, y siempre y cuando no se encontraran evidencias de corrupción que gatillen la pérdida del proyecto para el consorcio GSP.
El ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne, pareció confirmar esta versión ayer en Canal N.
“Odebrecht, si es que vende, no cobraría su participación por el gasoducto del sur. Ese dinero pasa a ser garantía en caso haya eventos de corrupción [...]. El dinero que se recaudaría iría a una garantía y esa garantía la va a poder cobrar Odebrecht si es que limpia su trayectoria sobre los casos de corrupción”, dijo Thorne.



Expreso
Si Odebrecht vende su parte en el proyecto, no podrá cobrar este dinero y quedará como garantía si se comprueba corrupción, informa el ministro Alfredo Thorne. Para el experto en hidrocarburos Aurelio Ochoa, no pasa de ser una “buena intención” porque de lo que se trata es de rescindir el contrato o aplicar la cláusula anticorrupción.
El ministro Thorne anunció también que el Gobierno presentará en los próximos días un proyecto de ley al Congreso de la República para que se elimine el cobro del Gasoducto del Sur en los recibos de luz que pagan las familias peruanas. “Se va a retirar [el pago que se realiza para la construcción del Gasoducto del Sur en el recibo de luz], nosotros estamos presentando el proyecto de ley”, indicó el ministro.
Este cobro viene en los recibos de luz con el nombre de Cargo por Afianzamiento de la Seguridad Energética (CASE), que genera un aumento de entre 1 % y 2 % en las tarifas eléctricas que paga el consumidor final por el Gasoducto Sur Peruano.
El monto es alrededor de 2 soles en un recibo de 100 soles al mes, con lo cual se calcula que el CASE ha recaudado más 50 millones de dólares al año, fondo que no va directo a la concesionaria, sino a un fideicomiso, cuyo responsable es Osinergmin.
Más de un experto considera que este subsidio queda sin efecto en caso de que el contrato del proyecto del GSP se anule.
Como se recuerda, la empresa Odebrecht ganó la obra en el año 2014 para la construcción del Gasoducto Sur Peruano, tras resultar favorecida en el proceso de licitación de forma indebida.
Por otro lado, Thorne sostuvo que los recursos obtenidos por la venta de las acciones de Obebrecht en el Gasoducto Sur Peruano –cuyo plazo vence el 24 de enero– no serían trasladados a la empresa brasileña.
“En este caso, Odebrecht, si es que vende, no cobraría por su participación en el Gasoducto Sur Peruano, pues ese dinero pasa a ser garantía en caso haya eventos de corrupción”, enfatizó. El titular del MEF señaló que el dinero que se recaudaría lo va a poder cobrar Odebrecht, siempre y cuando limpie su trayectoria por los casos de corrupción.
Aurelio Ochoa, expresidente de Perupetro, consideró que si el Gobierno en serio busca una solución debe aplicar la cláusula anticorrupción del contrato del gasoducto.”¿Por qué no se usa la cláusula anticorrupción que hay en el contrato, aplicarla ya”, dijo a EXPRESO.
Se mostró sorprendido que el Gobierno hasta ahora no tome esta decisión.



La República
Entrevista a Alfredo Thorne, ministro de Economía
El futuro del Gasoducto es incierto, puesto que el 24 de enero concluye el plazo para que Odebrecht presente su cierre financiero (es decir que garantice que cuenta con un monto mínimo de recursos de deuda para ejecutar el proyecto) o venda sus acciones. Los aspirantes a compradores se desaniman debido a la llamada cláusula anticorrupción, según la cual el Gobierno puede disolver el contrato de comprobarse que hubo actos de corrupción en el proceso.
En caso de que Odebrecht no consiga vender su participación ni presente el cierre financiero, el Estado reiniciará la licitación.
"El contrato revierte al Estado. Hay un procedimiento en el cual el Gobierno tiene que entregarle una carta al contratista diciéndole que no ha cumplido con el cierre financiero y después de un periodo determinado el contrato regresa al Estado peruano y el Estado tiene un periodo para relicitarlo", explicó el titular del Ministerio de Economía y Finanzas.



El Comercio
Casi veinte obras. Más de 12 mil millones de dólares. Diez años. Esas son, en resumen, las últimas cifras de Odebrecht en el Perú de la constructora brasileña. Más allá de las posibles coimas en las regiones, ¿qué pasó con los proyectos que concluyó –y los que no– en el país?
El caso más reciente es el Gasoducto del Sur, obra valorizada en más de US$7 mil millones que Odebrecht se adjudicó en junio del 2014 durante el gobierno de Ollanta Humala.
El ducto, que transportará gas natural del yacimiento de Camisea hacia la costa sur, se encuentra paralizado.
El fiscal anticorrupción Reynaldo Abia investiga si hubo direccionamiento para favorecer a Odebrecht en la licitación, que se dio durante la gestión de Eleodoro Mayorga como ministro de Energía y Minas.
Además, la contraloría detectó una serie de irregularidades en esta obra; por ejemplo, que en la versión final del contrato se cambiaron las cláusulas en beneficio del ganador.
Mayorga es testigo del caso y en los próximos días Abia definirá si él, junto con la ex primera dama Nadine Heredia y el ex representante de Odebrecht Jorge Barata, pasa a ser investigado.
Otro caso, que se encuentra en la fiscalía de Cusco, son los presuntos actos de corrupción en torno a la vía de evitamiento de esta ciudad, uno de los proyectos emblemáticos de la región.
La obra de asfaltado vial concluyó con un incremento de S/58 millones y con un retraso de más de un año en la entrega.
El Ministerio Público investiga preliminarmente este caso desde el 2015 por los presuntos delitos de colusión, peculado, entre otros. Hay 20 imputados, y uno de ellos es el ex gobernador regional Jorge Acurio.
La empresa ha iniciado un proceso de arbitraje contra el gobierno regional por supuestamente haber puesto obstáculos a la ejecución de la obra. Estarían en juego S/63 millones.
Dirsse Valverde Varas habría sido uno de los operadores de la empresa brasileña en Áncash. Esa sería una de las hipótesis que manejó la Procuraduría Anticorrupción cuando, hace algunos meses, solicitó a la fiscalía que lo incluya en las investigaciones por los presuntos sobornos de Odebrecht en el Perú.
Valverde fue subgerente de la Gerencia de Infraestructura del Gobierno Regional de Áncash, durante la gestión del hoy preso César Álvarez. Es sindicado como uno de sus testaferros en el Caso ‘La Centralita’.
El ex funcionario recibió dinero por “consultorías” de la empresa brasileña poco tiempo después de que esta se adjudicó la carreta Chacas-San Luis. Las autoridades consideran que se trataría de una persona clave. Aún está prófugo.






GOBERNABILIDAD, DEMAGOGIA, AUTORITARISMO, DEMOCRACIA



El Comercio
La congresista de Fuerza Popular Úrsula Letona sostuvo que aún es prematuro señalar si el Ejecutivo se excedió en el uso de las facultades legislativas que le dio el Congreso al promulgar 112 decretos legislativos.
"Estamos en pleno proceso de revisión, todavía no podemos decir si se ha excedido o no", declaró la parlamentaria fujimorista, quien preside un grupo de trabajo de la Comisión de Constitución.
Úrsula Letona adelantó a El Comercio que su grupo de trabajo, también integrado por el oficialista Vicente Zeballos y el aprista Javier Velásquez Quesquén, tomaría todo el mes de enero para completar su trabajo.
"Se va a revisar la totalidad de los decretos que son más de cien… He averiguado que en la anterior comisión de control político, de los 67 decretos que se dieron con las facultades solo se revisaron 12 decretos", enfatizó.
“Se irá evacuando los informes por grupos. Ya hemos aprobado el informe de un grupo de cinco proyectos, en la próxima reunión esperamos tener 15 decretos", adelantó Letona.
De otro lado, Úrsula Letona informó que algunos decretos tienen vacíos y se ha pedido mayor sustento. Sostuvo que en el caso del decreto que dispone el regreso del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) al Ministerio de Salud no se está viendo si ha sido un error administrativo pasarlo al Minsa. "Lo que tenemos que ver es si la ley le faculta al Ejecutivo legislar en materia de salud y si este traspaso significa necesariamente un tema de modernización del Estado que sí está dentro de las facultades delegadas, pero aún no hemos llegado a eso y no podemos adelantar nada", explicó.



Expreso
En el Minsa serían los DL 1289, 1290, 1305, 1345, y un decreto supremo que se promulga hoy.
Luego de que el 7 de enero concluyera el plazo del Ejecutivo para emitir las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, voces autorizadas afirmaron que entre los 112 decretos legislativos aprobados hay algunos que tendrían carácter inconstitucional, tanto en el sector Salud, Interior, Transportes y Comunicaciones, entre otros.
“Realizamos el siguiente análisis sobre los decretos que han sido promulgados en materia de Salud, que estimamos no cautelan el interés público y, por el contrario, benefician solamente intereses económicos de carácter mercantilista”, señalan expertos, quienes solicitaron mantener sus identidades en reserva.
Es el caso del DL N° 1290, que eliminaría varios filtros para impedir que productos importados de mala calidad ingresen al país. De igual manera el ya conocido DL N° 1305, que le quitaría la autonomía operativa al INEN (Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas); el DL N° 1289 que relajaría las obligaciones de las instituciones que prestan servicios de salud de poseer la infraestructura adecuado para sus fines; y, finalmente, el N° 1345, que permitiría que todos los cosméticos tengan libre comercialización.
El Decreto Legislativo N° 1290 “fortalece la inocuidad de los alimentos industrializados y productos pesqueros y acuícolas”, afirman. El nombre por sí solo constituye una falsedad, porque esta norma elimina todos los requisitos de inocuidad de los alimentos para poder comercializar en el mercado peruano.
“Anteriormente todo producto debía ser objeto de análisis integral, en el que se verificase su inocuidad y su composición porcentual. En otras palabras, el consumidor podría estar seguro de la pureza del producto que iba a ingerir y cuál era su composición”, sostienen los especialistas.
Afirmaron además que el Decreto Legislativo N° 1305, “que optimiza el funcionamiento de los servicios de salud”, resulta fuera de toda lógica pues le quita la autonomía operativa a una institución como el INEN, que, siendo pública, tiene todas las características de las más destacadas empresas privadas en el Perú.
“Si comparamos los estándares de equipamiento, de calidad profesional y de servicios prestados en el INEN, un análisis objetivo nos indica que lo que hay que hacer en esta entidad es dotarlo de más recursos y de ningún modo quitarle la autonomía operativa de la que ha sabido hacer un buen uso”, señalaron.
En el caso del Decreto Legislativo N° 1289, “que dicta disposiciones destinadas a optimizar el funcionamiento y los servicios de la Superintendencia Nacional de Salud”, afirmaron que este elimina todas las exigencias que se obligaban a las instituciones que prestan servicios de salud, de modo que estos servicios tuvieran la infraestructura y equipamiento adecuado para sus fines.
En el caso del Decreto Legislativo N° 1345, “que complementa y optimiza el marco normativo para los productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos químicos especializados”, indicaron que en nada reactiva la economía nacional.
“Es el permitir que todos los cosméticos tengan libre comercialización y que quien verifique estos productos no sea Digemid, que tradicionalmente ha sido exigente, sino Digesa, donde si bien es cierto que hay normas que cumplirse, estas fundamentalmente han estado en el ámbito de alimentos, plaguicidas, juguetes, residuos, vectores, etc.”, recordaron.
También advirtieron que en el caso del decreto de urgencia en relación con los suplementos y complementos alimenticios, señalan que actualmente está bajo competencia de Digemid y que pasará a Digesa.
Tal como lo señalamos en la edición del último 2 de enero, se suman a estos, los DL N°1242, N°1266, N°1267 y N°1268. Esto porque, si bien es cierto que el Congreso otorgó facultades legislativas al Ejecutivo mediante la Ley 30506, se autorizó para normar sobre seguridad ciudadana y otros, mas no para los cambios propuestos con los referidos DL.
“Como se puede ver, el DL 1242 sirvió para violar los derechos laborales de los 790 efectivos policiales; el DL 1266 conceptualiza a la Policía como una institución de carácter civil; el DL 1267 también la conceptualiza como una institución civil; y la 1268, que es el nuevo Reglamento del Régimen Disciplinario, igualmente está plagado de una serie de errores”, comentó el exdirector de Defensa Legal de la Policía Máximo Ramírez.
En el caso de Transportes y Comunicaciones, se afirma que sería ilegal que este sector asuma los trabajos de infraestructura de los Juegos Panamericanos, con lo cual la realización de este evento deportivo nuevamente se pondría en cuestión, tema este que abordaremos en una edición especial.



El Comercio
El Gobierno terminó de usar las facultades legislativas que le otorgó el Congreso durante el fin de semana. Al término de los 90 días de plazo, el Ejecutivo emitió 112 decretos concernientes a las materias de reactivación económica, lucha contra la inseguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y sobre la reorganización de Petro-Perú.
Sin embargo, ya han surgido críticas de parte de congresistas sobre el uso de las facultades legislativas. Un primer cuestionamiento apareció tras la publicación del Decreto Legislativo N°1305, que dispuso que el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN)  se convierta en parte de Ministerio de Salud.
La encargada de revisar los decretos emitidos será la Comisión de Constitución del Congreso. Hoy, su presidente, el legislador fujimorista Miguel Torres, criticó al primer ministro, Fernando Zavala, por el uso de algunos decretos. "No es que cuando el Congreso da facultades da una carta abierta para que ellos puedan inspirarse", dijo.
¿Pudo haberse excedido el Ejecutivo al usar las facultades legislativas? El ex presidente del Tribunal Constitucional Víctor García Toma opina que "las facultades no están dirigidas en estricto sentido a una rama de la administración pública".
"Por ejemplo, cuando digo 'seguridad ciudadana' no necesariamente tengo que hablar del Ministerio del Interior. Eso puede involucrar a las municipalidades, al Poder Judicial o al Ministerio Público", explicó.
En esa línea, el constitucionalista sostuvo que el haber dictado decretos sobre salud aun cuando el sector no aparecía en las facultades solicitadas no es inconstitucional. "Lo que va a tener que acreditar el Ejecutivo es que esa medida dictada para el sector salud incide de manera directa en una de las facultades delegadas", añadió.
Opinión contraria es la del constitucionalista y ex congresista Natale Amprimo. Él considera que "la delegación no puede entenderse en términos laxos, sino más bien reducidos. La delegación es expresa y se da en los términos autorizados. No se puede hacer una interpretación tan amplia".
"Yo puedo estar de acuerdo en el fondo, pero si el Ejecutivo se ha atribuido una delegación que no otorgué, ese decreto es inconstitucional", detalló.
A partir de ello, Amprimo expresó que, desde su análisis, "hay un desborde en las facultades". "Hay una serie de normativas que son discutibles y podría entenderse que hay un exceso", consideró.
Como ejemplo, puso el decreto que establece la reducción en 1% del Impuesto General a las Ventas (IGV) en julio, siempre y cuando la recaudación anualizada del IGV neto de sus devoluciones internas alcance al 31 de mayo el 7,2% del PBI. Hoy la cifra se encuentra por debajo de 7%.
Para Amprimo, este decreto "está sujeto a la recaudación". "¿Eso cómo se determina? La norma tiene que tener certeza, las condiciones son figuras que están en el ejercicio jurídico", cuestionó.
Finalmente, García Toma advirtió que la constitucionalidad o no de los decretos los definirá finalmente el pleno del Congreso. "Puede que incluso se equivoquen o que sea malintencionado o que lo usen como un pretexto", anotó.



El Comercio, editorial
En los últimos días, el primer ministro Fernando Zavala ha ido explicando en distintos medios de comunicación –incluyendo un artículo de opinión en este Diario– el contenido de los 112 decretos aprobados gracias a las facultades legislativas otorgadas por el Congreso en setiembre del año pasado. En este esfuerzo comunicativo, el presidente del Consejo de Ministros ha privilegiado los comentarios sobre las facilidades y beneficios que dichas normas han deparado para los ciudadanos.
Aunque disposiciones encomiables como no tener que presentar la copia del DNI ante una entidad pública, poder constituir una empresa en 24 horas, o no tener que renovar el permiso de lunas polarizadas, ciertamente, facilitan la vida de miles de personas, los grandes aciertos que ha tenido el paquete normativo aprobado por el Ejecutivo se encuentran en otra parte. Nos referimos a las reformas administrativas transversales –contenidas en normas como los decretos legislativos 1256, 1272 y 1310– cuyo impacto potencial alcanza no solo a los miles de empresarios de todo tamaño que operan en el país, sino también a millones de peruanos que podrían beneficiarse con el crecimiento de la inversión privada y la eventual reactivación económica.
Basta con pensar en cuántas empresas podrían expandir sus negocios exitosos de Lima a Huancayo y de ahí a Iquitos, si contaran con la certeza de no tener que lidiar con requisitos y trámites distintos a aquellos que les fueron exigidos en la ciudad de origen. La arbitrariedad y disparidad de criterios son una de las grandes limitantes que enfrenta la inversión privada en el país, y que pueden quedar en el pasado si se implementan adecuadamente los procedimientos y TUPA estandarizados, conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo 1272.
O en cuántos inversionistas nacionales y extranjeros se sentirán atraídos de apostar en el Perú al constatar que los requisitos y regulaciones que les exigen solo surgirán o subsistirán en cuanto sean necesarios y razonables y que, al cabo de tres años, estos caducarán si acaso la entidad pública a su cargo no sustenta adecuadamente su utilidad, y pasa la validación de una comisión multisectorial de calidad regulatoria presidida por la PCM, como lo dispone el Decreto Legislativo 1310. Es decir, invertir en un país donde prevalece la libertad de empresa y la tramitología es la excepción.
De igual forma, no debe subestimarse la confianza que puede generar a un inversionista el saber que, frente a la indolencia estatal, cuenta con un arma eficaz como el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas a cargo del Indecopi, y que el Ejecutivo ha reforzado a través del Decreto Legislativo 1256. Gracias a esta norma, bastará con una sola resolución del Indecopi para que una barrera burocrática ilegal no vuelva a ser aplicada a ningún otro empresario.
El esfuerzo del Consejo de Ministros por la simplificación administrativa es el más serio y ambicioso que se recuerde en las últimas dos décadas, y dependerá en gran medida del propio Ejecutivo que no le agüen la fiesta. Ello demanda, en primer lugar, destreza comunicacional para resaltar la importancia de estas reformas y lograr, así, el respaldo del Congreso, la ciudadanía y los propios empresarios. Algo fundamental si se quiere levantar, además, las alicaídas confianza empresarial (debajo de los 70 puntos desde el 2010) e inversión privada (con tasas decrecientes desde el 2014).
En segundo lugar, el Ejecutivo debe asegurarse de que la implementación de estas reformas sea la adecuada y que a nivel reglamentario no se pongan trabas al destrabe. No hay que ser demasiado sagaz para advertir que los principales enemigos de la eliminación de procedimientos burocráticos podrían ser los mismos burócratas encargados de ellos, por el peligro de dejarlos sin trabajo o privarlos de cuotas de poder que la simplificación administrativa acarrea.
El cambio de mentalidad que las normas aprobadas supone es muy grande. Durante muchos años, los ciudadanos hemos vivido soportando regulaciones y trámites sin comprender su sentido, y los funcionarios acostumbrados a que su poder equivale a arbitrariedad sin tener que responder a nadie. La libertad que se está empezando a recuperar es muy preciada como para subestimarla o no asegurarla.



El Comercio
Minería informal y exclusión
Roberto Abusada
El Estado lleva años intentando sin éxito formalizar a la minería informal. El esfuerzo del anterior gobierno constituye un amplio catálogo de desatinos. Se le exigía a un minero artesanal que extrae unas cuantas latas de piedras al día los mismos requisitos que a una mina que procesa 300.000 toneladas diarias, o la aplicación de métodos que rayan con lo socialmente criminal, como dinamitar maquinarias que bien se podrían decomisar. La idea de que tales políticas podrían cumplir algún objetivo benéfico es solo concebible emergiendo de algún conjunto de mentes perturbadas. Del total de mineros informales, unos 70 mil se acogieron al proceso de formalización ofrecido por el Estado, y solo el 0,2% de ellos pudo sortear los alucinantes requisitos. Lograba así el ‘Gobierno de la inclusión’ perpetrar una innoble tarea de exclusión masiva.
Con los decretos legislativos 1293 y 1336 emitidos por el Ejecutivo en los últimos doce días, al amparo de las facultades delegadas por el Congreso, se intentará nuevamente formalizar a la minería informal. Estos decretos demuestran un grado de comprensión conmensurablemente mayor del problema de la informalidad minera, pero son insuficientes para lograr el objetivo, y menos aun bajo la administración de los gobiernos regionales.
Se debe diferenciar la minería artesanal de socavón que opera principalmente en zonas desérticas y que ocupa al grueso de los informales, de la minería aluvial de oro en las zonas de selva. La primera no incluye necesariamente el procesamiento metalúrgico, mientras que la aluvial utiliza mercurio que se ventea en el medio ambiente causando un daño enorme que trasciende al área de sus operaciones.
Al daño que causa esta última modalidad de explotación, hay que agregar el de la deforestación. Ante las acciones de interdicción y la imposibilidad de cumplir con barreras absurdas, los mineros aluviales conservan sus áreas concesionadas como coartada, pero obligados por tales barreras se internan en la selva afectando áreas de reserva. Esto no implica que se deba prohibir la minería aluvial, sino obligar a cambiar el actual proceso de extracción del oro por el que se usa en países ambientalmente responsables como Canadá, donde el circuito cerrado para el uso del mercurio es obligatorio, evitando que se disperse en el ambiente.
Tanto en el caso de la minería de socavón como en el de la aluvial, se debe partir por prohibir el uso de cianuro y mercurio fuera de las plantas donde se procese el mineral.
El Estado debe controlar estrictamente la utilización de estos insumos, y ayudar a que todos los mineros pequeños y artesanales tengan acceso a plantas de procesamiento formales, fomentando a la vez el incremento de estas en todo el territorio. Un ente estatal especializado, ubicado en la vecindad de las plantas, concentraría todas las tareas de asistencia en formalización, impartiría directivas de seguridad laboral y asistencia técnica general, además de verificar el cumplimiento tributario. El pequeño minero vería sus ingresos incrementados al tener acceso a un proceso industrial eficiente.
Las ideas aquí expuestas ciertamente son solo esquemáticas, y excluyen la consideración de varias otras medidas a adoptar como la necesidad de normar un sistema razonable para la adquisición, transporte, almacenamiento y uso de muy pequeñas cantidades de explosivos, poniendo fin a la ilegal venta de estos a informales por parte de muchos municipios y gobiernos regionales. También la conveniencia de elevar los derechos de vigencia de concesiones en áreas de explotación aluvial para financiar tareas de reforestación. Igualmente, se deberá considerar la disminución del tamaño mínimo del área denunciable, adecuándola a las características de la minería artesanal, y permitir por ejemplo denunciar una cuarta parte del actual mínimo de las cien hectáreas que abarca una cuadrícula del catastro minero.
Hoy los empresarios de la mediana y gran minería mantienen con la minería informal una relación de mutua desconfianza. A partir de las disposiciones de la nueva legislación que facilita los acuerdos entre estos dos grupos es posible que se empiece a construir un mejor nivel de entendimiento. Más aun, la gran minería puede encontrar en el pequeño minero a un defensor de la industria minera, evitando que en su marginación se sienta tentado, como ahora, a volcar su simpatía hacia el movimiento antiminero.
Lo que sí se puede afirmar con convicción es que el Estado no puede seguir cual avestruz enterrando la cabeza en la arena, desatendiendo el derecho a ganarse la vida de cientos de miles de peruanos, avalando el despectivo epíteto de “minería mendicante” con el que alguien describió alguna vez a la actividad que permite que miles de compatriotas encuentren su sustento.



La República
El ministro Alfredo Thorne dijo que el Gobierno prevé una tasa de crecimiento del 5% para el 2017, aunque admitió que "todo estimado tiene margen de error".

"En julio estimamos que el crecimiento del 2016 sería de 4% y va a terminar muy cercano a esos niveles y el consenso del mercado estimó en 3%. Nadie tiene una bola de cristal, nuestro estimado también tiene margen de error", expuso.

lunes, 9 de enero de 2017

ESTA NOCHE lunes 9 enero 2017



ESTA NOCHE, donde usted se entera no de todo lo que ocurre, sino de lo que necesita saber.

La opinión en MEDIA COLUMNA representa exclusivamente a su autor. Usted puede reenviar y publicar libre y gratuitamente cualquier MEDIA COLUMNA tomándola de este correo o de
jorgemorelli.blogspot.com


MEDIA COLUMNA
El gobierno les queda grande


Jorge Morelli
@jorgemorelli1
jorgemorelli.blogspot.com


A PPK y su gente la tarea de gobernar el Perú les ha quedado grande.Gobernar es decidir. Y esto es lo que el gobierno no está haciendo. Cualquier excusa es buena para no tomar las decisiones políticas difíciles que el país necesita.

Cada vez más se le está diciendo al gobierno en su cara que tiene que dar por terminado el contrato del Gasoducto del Sur, y licitar de nuevo. Pero el gobierno solo atina a responder medrosamente que no se puede romper un contrato de manera unilateral porque podría generarse una contingencia y la empresa brasileña enjuiciar al Perú.

La empresa brasileña no va a enjuiciar al Perú porque no le va a ser materialmente posible hacerlo. No se puede incumplir un contrato nacido de un acto jurídico nulo por un vicio en su origen.  

Las investigaciones probarán si hubo corrupción en el otorgamiento mismo de la licitación a la empresa. Y si la hubo, como todo indica, el contrato nunca llegó a existir.  Y es imposible violar un contrato inexistente. No hay, pues, peligro de contingencias.

Igualmente, en el instante mismo en que se reconozca que el contrato es nulo desaparece el fundamento legal del cobro a los contribuyentes del subsidio en los recibos de luz. No hace falta ningún proyecto de ley para suspenderlo.  

Por el contrario, prolongar la ficción de un contrato inexistente es perpetuar el contagio del vicio de origen a toda otra forma jurídica que se le quiera dar al proyecto para que siga adelante de cualquier manera.

Es un acto temerario. Y es incurrir en una responsabilidad penal.

Hay que aceptar la realidad. Este asunto nació mal y hay que darle fin. Y comenzar de nuevo limpiamente.    



REPORTE DE NOTICIAS en Internet
Las siguientes notas periodísticas de política y economía han sido seleccionadas, editadas y ordenadas
temáticamente. No se las debe citar como tomadas directamente de sus fuentes originales, las mismas que se indican sólo como una forma de reconocer el crédito y agradecer la cortesía.




GOBERNABILIDAD, DEMAGOGIA, AUTORITARISMO, DEMOCRACIA



El Comercio
En octubre pasado, el primer ministro Fernando Zavala estimó que el Ejecutivo emitiría 58 decretos legislativos en los 90 días que el Congreso le delegó facultades. El plazo venció ayer y casi se dobló el número: son 112.
En “El Peruano” se publicaron ayer las últimas 13 normas, entre las que están la que amplía la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas (D.Leg. 1352); la que modifica la Ley de Contrataciones del Estado (D.Leg. 1341), o la que oficializa la reducción del Impuesto General a las Ventas (IGV) de 18% a 17%. Entre el jueves y ayer se publicaron 35.
En el Parlamento ya revisan las 112 normas. En la Comisión de Constitución, hay un grupo encabezado por la legisladora Úrsula Letona (Fuerza Popular) que viene analizándolas. Se espera que los resultados de esa labor se conozcan antes de que se inicie la segunda parte de la legislatura, en marzo.
Zavala y algunos ministros deberán presentarse en una sesión extraordinaria de la comisión, el próximo miércoles. El presidente del grupo, Miguel Ángel Torres (Fuerza Popular), dijo que los miembros del Gabinete deberán explicar los alcances de los decretos.
Tras su análisis, el Congreso puede dar su conformidad con los decretos, derogarlos parcial o totalmente, o modificarlos, aunque para esto debe presentar un proyecto de ley.






ANTICORRUPCION, PERSECUCION, JUDICIALIZACION POLITICA



Gestión
El mes pasado, Reuters informó que Odebrecht había cerrado un acuerdo para vender su participación al constructor canadiense Brookfield. Bloomberg informó una semana después que China National Petroleum Corporation estaba compitiendo con Brookfield para comprar la participación.
Sin embargo, ningún acuerdo se ha anunciado menos de dos semanas desde la fecha límite de financiación, el 23 de enero.
Sempra Energy se retiró de las negociaciones en noviembre cuando el gobierno se negó a absolver a la empresa si se enterase de que Odebrecht cometió actos de corrupción al ganar la licencia, lo que anularía el contrato bajo la ley peruana.
En estas circunstancias, cualquier comprador de la participación de Odebrecht correría el riesgo de perder el contrato.
El ministro de Finanzas, Alfredo Thorne, reiteró el viernes en Radio Capital que el gobierno no haría una excepción a los estatutos de corrupción y celebraría una nueva subasta pública si el plazo transcurre sin financiamiento.
Con su futuro en el Perú dudoso, Odebrecht está tratando de mantener sus proyectos actualmente en construcción.



Expreso
Este 23 de enero vence el plazo para que Odebrecht y las otras empresas que participarán en la obra confirmen que tienen el financiamiento para el Gasoducto del Sur.
Según Manuel Romero Caro, se abren dos posibilidades.
La primera es que llegue el 23 de enero y los participantes del proyecto no hayan conseguido el financiamiento. Este sería el fin del contrato, con lo que cesaría también el pago a través de los recibos de luz.
Lo segundo que podría pasar es que sí logren el financiamiento, pero el Ejecutivo se niegue a firmar una adenda “de bancabilidad”, mediante la cual se estaría mejorando las seguridades para los bancos de recuperar sus préstamos. “El Gobierno puede no firmarla y, si no se da la adenda de bancabilidad, se acaba también el proyecto”, sostiene.
Pero existe al miosmo tiempo la llamada “cláusula anticorrupción”, que el Gobierno ha dicho que no retirará de ningún modo.
“Esta cláusula dice bien claro que si algún funcionario del consorcio o de cualquiera de los del consorcio –funcionario, asesor, etcétera– hubiera dado un soborno, o hubiera un intento de sobornar, el contrato se acaba”, añade y recuerda que Odebrecht ya ha admitido ante la justicia de los Estados Unidos que sobornó entre los años 2005 y 2014 a funcionarios públicos del Perú para hacerse de proyectos y sucede que el único proyecto en 2014 fue el Gasoducto.
“Resumiendo, el contrato muere solo”, opina.
Sostiene que esto dejaría al Estado peruano en condiciones de ejecutar la carta fianza de 350 millones de dólares que el concesionario entregó al Estado para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
“Todo el Perú sabe que ha habido soborno, todo el mundo sabe que este contrato es un abuso, que cada vez que prendemos la luz estamos contribuyendo a pagar los excesos”.
(…)
…el PBI de Lima es más de ocho veces y media el PBI sumado de Arequipa, Moquegua y Tacna, y sin embargo Lima debe estar en 530 o 540 millones de pies cúbicos día, y Lima se ha demorado 12 años en llegar a esa meta. El 2004 terminó Camisea, acaba de terminar el 2016, es decir, 12 años se demoró Lima en llegar a ese nivel, y pretenden que la región sur pueda tener ese mismo nivel con respecto al Gasoducto del Sur. Es una meta groseramente sobreestimada.
(…)



El Comercio, editorial
Primer acto. A poco de terminar el año pasado, la presidenta del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, Julia Príncipe, anunció en una entrevista a RPP que el fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, ya tenía los nombres de los implicados en el Caso Odebrecht, en el que se investiga el pago de millonarias coimas a antiguos funcionarios del gobierno.
Pocos días después, sin embargo, y como respuesta a la presión generada sobre la fiscalía para que revele la identidad de los implicados, Sánchez tuvo que aclarar en una conferencia de prensa que, en realidad, él no tenía esos nombres hasta ese momento. Y tampoco nadie más de la fiscalía.
Segundo acto. El congresista Mauricio Mulder alertó que “todos los peruanos le seguimos pagando a Odebrecht en nuestra factura de luz”. Ello en referencia al cargo por “Afianzamiento de la seguridad energética” que efectivamente cobran las empresas eléctricas y que sirve como garantía para el gasoducto sur peruano (GSP), cuyo consorcio constructor cuenta con la participación de Odebrecht como principal accionista. En paralelo, las bancadas aprista y fujimorista presentaron sendos proyectos de ley para dejar sin efecto el cobro, mientras que congresistas de Acción Popular y Alianza por el Progreso anunciaron iniciativas similares.
Lo que no parecen estar tomando en cuenta los legisladores es que el origen del cobro cuestionado –que desde esta página hemos criticado duramente, así como el proyecto del gasoducto en su integridad– no se encuentra únicamente en la ley que lo regula y que se pretende modificar, sino también en el contrato de concesión firmado entre el Consorcio del GSP y el Estado Peruano. Y un contrato –más allá del impacto mediático buscado por los parlamentarios– no se puede modificar por una ley.
Resulta paradójico, por lo demás, la súbita indignación de congresistas como Mulder, Lourdes Alcorta y Marisol Espinoza, entre otros, por la norma que permitió el referido cobro en los recibos de electricidad, cuando ellos mismos votaron a favor de su aprobación en diciembre del 2012.
Tercer acto. La congresista de Alianza para el Progreso Marisol Espinoza sostuvo que, con el fin de recuperar los fondos de los ciudadanos y dejar de subsidiar las ganancias de Odebrecht, deberían congelarse sus cuentas. Por su parte, mediante un oficio, la también parlamentaria Yeni Vilcatoma solicitó el embargo de los bienes y el resto de activos que mantiene la constructora en nuestro país como una medida que garantice el eventual pago de una reparación civil.
La decisión sobre la oportunidad y el sustento para solicitar tales medidas (que solo pueden ser dictadas por un juez), no obstante, corresponden a la fiscalía y a la Procuraduría Anticorrupción. No al Congreso. Y flaco favor le hacen a la estrategia de los órganos de justicia, la presión política y los destemplados reclamos de los parlamentarios.
Las tres secuencias descritas conforman una obra que lamentablemente ya hemos presenciado antes. En su afán por capturar la atención de las cámaras, nuestros políticos y autoridades nos tienen acostumbrados a improvisadas afirmaciones que aparentan contundencia, pero que en realidad carecen de sustento y terminan siendo contraproducentes.
Cierto es que la corrupción de Odebrecht y demás empresas y funcionarios involucrados en el Caso Lava Jato ameritan los más categóricos repudio y sanciones previstas en la ley. Caiga quien caiga, en el sector público y en el privado y sin importar lo encumbrada de su posición. Pero para llegar a esos resultados, se requiere más prudencia y menos show.



El Comercio
Las condiciones de la vacancia
Fernando Rospigliosi
Por desgracia para la estabilidad del país, la posibilidad de vacancia presidencial ya se discute abiertamente. Dos de las tres condiciones básicas para derrocar presidentes por la vía constitucional ya están presentes. Falta, sin embargo, la tercera, que es la más importante y decisiva. (Aníbal Pérez-Liñán, “Juicio político al presidente y nueva inestabilidad política en América Latina”).
La primera es que se produzcan escándalos políticos que afecten al presidente. Esa condición existe desde el principio y de sobra.
Y ahora toca directamente a Pedro Pablo Kuczynski (PPK) el más grande caso de corrupción descubierto en los últimos tiempos, los sobornos pagados por Odebrecht a altos funcionarios públicos de los tres últimos gobiernos. PPK fue ministro de Economía y presidente del Consejo de Ministros en el gobierno de Alejandro Toledo, y el asunto puede alcanzarlo.
Como dice Augusto Álvarez Rodrich, “si ese expediente [Odebrecht] evoluciona de manera desfavorable para PPK, casi que no hay que ser muy zahorí para suponer que, entonces, el fujimorismo lo utilizaría para organizar su vacancia presidencial” (“La República”, 5.1.17).
PPK y algunos de sus seguidores, en su ingenuidad, creen que eso no es posible porque es inocente y él no recibió coimas. ¿Y eso qué tiene que ver? Lo que hace el Congreso es un juicio político y, en ciertas circunstancias, lo puede vacar aunque sea inocente.
En el caso más reciente, a Dilma Rousseff la sacaron de la presidencia acusándola de maquillar las cuentas fiscales, porque no podían probarle ningún acto de corrupción.
En el primer caso registrado en América Latina (AL), precisamente en Brasil, vacaron a Fernando Collor de Mello en 1992 (en realidad renunció poco antes de la votación) acusándolo de corrupción. Años después Collor fue absuelto por el Poder Judicial de todos los cargos.
Entiéndase bien, entonces, la culpabilidad o inocencia no es relevante a la hora que el Congreso toma la decisión.
La segunda condición para la vacancia es que haya una mayoría en el Parlamento dispuesta a hacerlo. Eso ya existe, también desde el primer día. En realidad, cuando las cosas se ponen mal para el presidente, los congresistas pasan a la oposición rápidamente. Alberto Fujimori tenía mayoría en el 2000 y los congresistas cambiaron de bando. Igual ocurrió con Dilma y con muchos otros presidentes destituidos.
Pero no bastan las dos primeras. La tercera es la más importante: que la economía vaya muy mal y que estén las masas en la calle protestando contra el gobierno y enfrentándose a las fuerzas del orden.
Por ejemplo, cuando Alan García intentó vacar a Alejandro Toledo en el 2004, tenía las dos primeras condiciones, pero le faltó la tercera
–la economía crecía y la gente estaba cansada de protestar– y no pudo cumplir su objetivo. (Ver esta columna “Cuando Alan quiso derrocar a Toledo”, “La República”, 24.2.13).
Ese es el tema fundamental, el descontento popular por la mala situación económica. Cuando hay empleo e ingresos, la población es mucho más comprensiva con la corrupción y los escándalos. Pero cuando va mal, la corrupción se vuelve intolerable.
El objetivo de la vacancia sería, obviamente, adelantar las elecciones. Hay muchísimas variantes de quién se encarga de la transición.
En síntesis, la posibilidad de una destitución del presidente es muy real. Nadie puede predecir con certeza si se concretará algún día o no. Depende de cómo se desenvuelvan los actores políticos, pero, sobre todo, del desempeño de la economía que a su vez está vinculada a factores externos incontrolables desde aquí.
Quizás en un lapso de seis meses a un año se produzca una crisis y se tensen las fuerzas a favor y en contra de la vacancia.
Contrariamente a lo que algunos sostienen, la destitución de PPK no significaría necesariamente el quiebre de la democracia, pero sí crearía un indeseable período de inestabilidad que no ayudaría a la recuperación económica.
Hay personas que creen que es preferible no hablar de los peligros y que es mejor expresar buenos deseos. En verdad yo también deseo que en el 2017 los peruanos manejemos con prudencia y respetemos las normas de tránsito, que no arrojemos basura en las playas y las calles, que el Perú vaya al Mundial, que no continúen los conflictos sociales y que no se produzcan enfrentamientos y haya estabilidad política. ¡Feliz año!



Gestión
En cooperación con los fiscales peruanos, la constructora brasileña Odebrecht nombrará funcionarios que pagaron 29 millones de dólares en sobornos entre 2005 y 2014, según Perú Reports.
La policía de Brasil dijo el año pasado que habían obtenido evidencia de sobornos pagados por Odebrecht a Ollanta Humala. Otros documentos relacionados con los Papeles de Panamá muestran que un asociado vinculado a Alejandro Toledo pudo haber recibido pagos de Odebrecht.



Peru21
El Congreso reiniciará mañana la investigación a la ejecución de cuatro proyectos del gobierno de Ollanta Humala: la línea 2 del Metro de Lima, el Gasoducto del Sur, los contratos de exportación del gas de Camisea y la modernización de la Refinería de Talara.
En total, son 180 días hábiles los que se le ha otorgado para este trabajo, de los cuales los primeros 90 días se dedicarían a la obra de transporte ferroviaria y a la del gasoducto.
En julio vence el plazo para que la comisión investigue los cuatro proyectos de Ollanta Humala.
Quienes integran el grupo son Daniel Salaverry (FP), Nelly Cuadros (FP), Edmundo del Águila (AP), Manuel Dammert (FA), Sergio Dávila (PpK), Gloria Montenegro (APP) y Jorge del Castillo (Apra).
De acuerdo con el presidente de la comisión, son más de 1.2 millones de folios que han recibido sobre estas cuatro obras que tienen que investigar.


sábado, 7 de enero de 2017

ESTA NOCHE sábado 7 enero 2017




ESTA NOCHE, donde usted se entera no de todo lo que ocurre, sino de lo que necesita saber.

La opinión en MEDIA COLUMNA representa exclusivamente a su autor. Usted puede reenviar y publicar libre y gratuitamente cualquier MEDIA COLUMNA tomándola de este correo o de
jorgemorelli.blogspot.com


MEDIA COLUMNA
El premio consuelo


Jorge Morelli
@jorgemorelli1
jorgemorelli.blogspot.com


El gobierno terminó usando las facultades que le dio el Congreso para producir 108 decretos legislativos. Era predecible.    

El gobierno está obligado a enviar al Congreso los proyectos de ley sin los cuales que cree que no podrá gobernar. El Congreso puede no aprobarlos o cambiarlos. En tal caso, el Ejecutivo tiene la facultad constitucional de la observación. Puede observar lo que el Congreso le envíe.

Pero el Congreso tiene, a su vez, la facultad de la insistencia. Puede insistir en su proyecto y, si el gobierno no tiene mayoría parlamentaria, El Congreso prevalecerá siempre, fácilmente, sobre el Ejecutivo.

La razón es sencilla. En toda América, sin excepción, para insistir en un proyecto vetado por el Ejecutivo el Congreso requiere dos tercios de los votos. Pero en el Perú el Congreso necesita solo la mitad de los votos para insistir en su proyecto observado por el Ejecutivo.

Dado este desbalance, la institución constitucional de la delegación de facultades es el premio consuelo. Sirve para que los gobiernos que no tienen mayoría parlamentaria puedan aprobar sus iniciativas más queridas. Pero es una trampa.

Las facultades delegadas son una mala compensación. Como el gobierno sin mayoría está seguro de que el Congreso desnaturalizará sus iniciativas, pide delegación de facultades. Astutamente, el Congreso siempre las concede por un breve plazo.

Como la oportunidad no se repetirá, y el gobierno lo sabe (y nunca tiene nada preparado), incurrirá en una vorágine de decretos legislativos de la que nadie tiene una visión de conjunto. Cada ministerio responderá a lo sumo por lo suyo, pero los efectos agregados del paquete no los conoce nadie.

La delegación de facultades, por lo tanto, siempre termina produciendo un cajón de sastre, un resultado inorgánico que el gobierno no atina a explicar a la opinión pública con claridad y que el Congreso tampoco puede fiscalizar exhaustivamente.

La delegación de facultades, entonces, es un pobre premio para que los gobiernos sin mayoría se consuelen de su triste situación jugando al legislador a la carrera por un corto tiempo mientras el Congreso aguarda.

La caricatura de la situación es la del tango: “como juega el gato maula con el mísero ratón”.

Ante los 108 decretos legislativos que el Congreso revisará ahora para mejorarlos o derogarlos, flotan en el aire dos preguntas: ¿valía la pena realmente que el gobierno pidiera facultades para legislar? Y, sobre todo, ¿para este resultado valía la pena que el Congreso dejara su función de legislar para concederlas?

 


REPORTE DE NOTICIAS en Internet
Las siguientes notas periodísticas de política y economía han sido seleccionadas, editadas y ordenadas
temáticamente. No se las debe citar como tomadas directamente de sus fuentes originales, las mismas que se indican sólo como una forma de reconocer el crédito y agradecer la cortesía.




GOBERNABILIDAD, DEMAGOGIA, AUTORITARISMO, DEMOCRACIA



El Comercio
En el marco de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, el Gobierno peruano publicó hoy un nuevo paquete de decretos legislativos, que incluyen cambios y propuestas para sectores como turismo, gas, formalización minera, servicio civil, entre otros.
1). DL 1239. Crea el "Fondo Turismo Emprende"
Este fondo estará a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y su enfoque es promover la creación, desarrollo y consolidación de emprendimientos privados vinculados a la actividad turística que contemplan aspectos de conservación, uso sostenible y desarrollo económico, a través del financiamiento y/o cofinanciamiento de dichos emprendimientos, para promover la diversificación de la oferta turística del país.
El Mincetur le asignará un presupuesto institucional de S/2.5 millones por un período de cuatro años, informó el Gobierno. Su reglamento estará listo en 60 días.
2. DL 1331. Introduce disposiciones a fin de promover la masificación del gas natural a nivel nacional
El decreto legislativo modifica los articulos 3 y 5 de la  29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE).
Eso significa que amplia el uso del FISE para: A) Compensación para el desarrollo de nuevos suministros en la frontera energética, como células fotovoltaicas, paneles solares, biodigestores, entre otros, focalizándose en las poblaciones más vulnerables; b) Compensación social y promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables tanto urbanos como rurales; y C) Compensación a las empresas de distribución de electricidad por la aplicación del mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial, conforme a la ley de la materia.
3. DL 1332 Facilita la constitución de empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE)
Esta norma faculta al Produce a calificar y autorizar CDE a toda institución pública o privada, así como a los notarios. Estos centros operan como plataformas físicas y/o digitales que facilitan la constitución de personas jurídicas, conforme a la regulación prevista en la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, y demás disposiciones aplicables, para la formalización y desarrollo empresarial.
4. DL 1337. Modifica la ley 29806, que regula la contratación de personal altamente calificado en el sector público.
El decreto dicta cambios también en la ley de Servicio Civil y establece requisitos para la contratación de profesionales altamente calificados y de confianza en el Estado.La norma dice que deberán cumplir como mínimo los siguientes requisitos: a) Contar con los requisitos mínimos para el puesto. b) Contar con experiencia en gestión de la materia requerida y/o con experiencia en la actividad requerida. En el caso del numeral ii) del siguiente literal, deben contar con un mínimo de 10 años de experiencia. c) Contar con: i) título profesional y/o grado académico de maestría o doctorado; o, ii) grado de bachiller. d) No estar inhabilitado para ejercer función pública por decisión administrativa firme o sentencia judicial con calidad de cosa juzgada.
Asimismo, precisa que las entidades públicas del Poder Ejecutivo que cuenten con personal altamente calificado contratado bajo los alcances de la presente ley deberán informar semestralmente al Ministerio de Economía y Finanzas y al Congreso de la República sobre las actividades realizadas por dicho personal, los cuales serán debidamente difundidos.
5. DL 1334. Creación del Fondo de Adelanto Social
La norma crea el Fondo de Adelanto Social (FAS), que dependerá de la Presidencia del Consejo de Ministros, con la finalidad de financiar programas, proyectos y/o actividades orientados a cerrar o reducir brechas sociales en espacios geográficos donde se desarrollarán diversas actividades económicas.
Los recursos del FAS se destinarán a financiar proyectos de inversión pública a través de programas, proyectos y/o actividades en materia de agua y saneamiento; ambiente; transportes y comunicaciones; de electrificación rural; agricultura y riego; infraestructura de salud; e, infraestructura educativa, que atiendan las brechas sociales de las poblaciones en zonas consideradas prioritarias por el MEF, MINEM y la PCM.
6. DL. 1333.  Establece la simplificación del acceso a predios para proyectos de inversión priorizados
La norma crea el Proyecto Especial de Acceso a Predios para Proyectos de Inversión Priorizados (APIP), como un proyecto especial en la ProInversión. APIP dependerá del director ejecutivo de ProInversión, Álvaro Quijandría.
La APIP tiene autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, además de una vigencia de 3 años, pudiendo ser extendida por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas a pedido del Director Ejecutivo de ProInversión.
7. DL 1330. Aprueba la ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecucicón de obras de infraestructura
El actual estado en el desarrollo de los principales proyectos e inversiones en materia de infraestructura, resulta necesario modificar el actual marco normativo del Decreto Legislativo Nº 1192, a fin de facilitar y agilizar las adquisiciones y expropiaciones vinculadas con los citados proyectos, dice el Gobierno entre los considerandos.
En ese sentido, la norma modifica los siguientes artículos 1, 4, 5, 6, 12, 13, 15, 16, 20, 27, 28, 29, 34, 35, 38, 39, 40, 43, 44, Segunda y Tercera Disposiciones Complementarias Finales del Decreto Legislativo Nº 1192.
8. DL 1336. Establece disposiciones para el proceso de formalización minera integral

La norma establece disposiciones para el proceso de formalización minera integral a efectos de que éste sea coordinado, simplificado y aplicable en el ámbito del territorio nacional.